
Seguros Decenal Daños
El seguro decenal de daños a la edificación es un seguro de daños materiales que garantiza durante 10 años los daños materiales causados a edificios (viviendas, oficinas, centros comerciales, hospitales, teatros, auditorios, polideportivos, etc. ) por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga y otros elementos estructurales, que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), que entró en vigor el 6 de mayo de 2000 nació con el propósito de regular el proceso de construcción de las viviendas y definir garantías y responsabilidades de todos los involucrados en el proceso, buscando aportar control técnico riguroso al proceso constructivo y garantizar la calidad en la edificación para los compradores.
La LOE impone a los promotores la obligación de suscribir un seguro decenal para la edificación de viviendas destinadas a la venta, exceptuando de dicha obligatoriedad a las autopromociones para uso propio, siendo de aplicación no sólo a edificaciones nuevas sino también a cualquier obra de reforma que altere la configuración arquitectónica y a las calificadas de carácter histórico y artístico. Para el resto de edificaciones es un seguro voluntario.